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viernes, 25 de julio de 2008

Se aprueba el proyecto de Constitución en Ecuador

Las principales modificaciones son: protección del medio ambiente, integridad del espacio público. Protección de tierras comunitarias indígenas, y de los recursos naturales no renovables y en general de los recursos del subsuelo y los minerales. El derecho fundamental a la información como cultura. Y NO a la monopolización empresarial.



"Alerta, alerta, alerta que camina, la espada de Bolívar por América Latina", arengaban los oficialistas bajo la mirada confundida de decenas de trabajadores que lucían pañoletas con la leyenda de la "Asamblea Constituyente". Con un gran festejo la sala de la sesión del pleno de la Asamblea Constituyente de Ecuador se inundó de banderas, cantos y lágrimas tras ser aprobado, de forma definitiva, el proyecto de nueva Carta Magna que ese foro elaboró en los últimos ocho meses.

Las principales reformas constitucionales propuestas por el partido oficialista de Ecuador en relación con la Asamblea Constituyente, que se formará en el último trimestre del año y contará con plenos poderes para modificar la estructura legal del país andino en busca de la instauración del "socialismo del siglo XXI".

Las principales reformas son las siguientes:

  • La Constitución debe ampliar el concepto del derecho de la propiedad, de tal manera que el país se convierta en una sociedad de propietarios y productores.
  • Ninguna de las formas de propiedad, actuales o futuras, pueden vulnerar los principios constitucionales de protección del medio ambiente, integridad del espacio público y de su destino al uso común. No podrán constituirse en monopolio.
  • Además deberá incorporar una concepción y regulación amplia de otras formas de propiedad, tal como la familiar, comunitaria y asociativa.
  • Sustituir la definición de economía de mercado por una de economía solidaria.
  • El carácter inalienable, imprescriptible e inembargable no sólo de las tierras comunitarias indígenas, sino también de los recursos naturales no renovables y en general de los recursos del subsuelo y los minerales.
  • Definir constitucionalmente la existencia de la propiedad pública exclusiva de sectores estratégicos como el de agua potable, las telecomunicaciones, la explotación de los recursos de la biodiversidad, el espectro electromagnético, la distribución y venta de energía, la actividad hidrocarburífera y minera.
  • Hacer una reformulación del derecho fundamental a la información, incorporándole algunas consideraciones constitucionales para definirla como un proceso social, generador de cultura.



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Fuente: El Mundo




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