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viernes, 23 de mayo de 2008

"Delitos criminales" contra el medio ambiente en UE



Los Estados miembros deberán incluir en sus códigos penales sanciones "efectivas, proporcionales y disuasorias" contra la personas físicas o jurídicas que causen, inciten o colaboren con estos daños.



El Parlamento Europeo obligará por ley a los países de la Unión Europea a sancionar penalmente delitos contra el medio ambiente. Los delitos que se incluyen en la ley son: el vertido de sustancias susceptibles de crear daños graves a la salud o al medio ambiente; el lanzamiento de residuos en alta mar; la producción, uso o transporte de material nuclear o nocivo para el ozono; el comercio o destrucción de flora y fauna protegidas, o las conductas que deterioren "significativamente" entornos protegidos, incluida las derivadas de la construcción.

Se pretende unificar criterios para que los criminales no aprovechen los vacíos legales que se producen en las disparidades de criterios frente a delitos ambientales de los países miembros. Así, España y Grecia no castigaba los vertidos en alta mar ni Portugal consideraba punible el comercio de especies salvajes. Con la ley se genera una base común de delitos contra el medio ambiente que son considerados criminales.

Las jurisdicciones tienen un plazo de 2 años para aplicar las normativas, que fueron aprobadas por la mayoría de los representantes de los veintisiete Estados integrantes de la UE.



Fuente:Yahoo Noticias

 
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